MODIFICACIONES DE LA REGULACIÓN EXTERNA 1 DE 2018 | VT Investors
Ago 22, 2018
MODIFICACIONES DE LA REGULACIÓN EXTERNA 1 DE 2018. Parte 2.
El Boletín pasado vimos el objetivo principal de las modificaciones y su generalidad. Los cambios mas significativos fueron:
Créditos externos
Se modifica la definición de crédito externo, enfocándose en la moneda en que queda definida la operación. Queda expresamente autorizado que los créditos podrán ser desembolsados en moneda legal y extranjera, así como el pago en ambas monedas, según lo acuerden las partes. Así mismo, se ajusta la regulación al depósito al endeudamiento externo y se eliminan algunas excepciones de éste.
Derivados
El capítulo de derivados es el que presenta mayores cambios relevantes. Primero, se eliminan las restricciones hoy existentes a los subyacentes autorizados que tanto residentes como IMC pueden realizar, con excepción de aquellos referentes al riesgo de crédito. Se flexibilizan también las condiciones para la modificación y pago de derivados para que puedan cumplirse en moneda legal y moneda extranjera.
Asimismo, la nueva regulación elimina restricciones a las condiciones de cumplimiento efectivo (delivery) y el cumplimiento financiero (non delivery). También ajusta la regulación de registro de las operaciones de derivados sobre divisas. De igual manera, autoriza al Banco de la República a establecer condiciones de los contratos de derivados, como lo son las cláusulas de neteo (close-out netting), a efectos de control de riesgos.
En derivados de crédito, actualiza la regulación de los Credit Default Swaps (CDS) celebrados por entidades financieras, de forma que se realicen sobre cualquier inversión admisible. También elimina la autorización previa de la Superintendencia Financiera y flexibiliza las condiciones de pago, permitiendo su cumplimiento en moneda legal y extranjera. Esta modificación entrará a regir a partir del 1 de enero de 2019.
El nuevo marco regulatorio autoriza a algunos Intermediarios del Mercado Cambiario a realizar derivados sobre productos básicos (commodities).
En el próximo Boletín continuaremos profundizando los cambios más importantes.